sábado, 18 de mayo de 2013

Introducción a un ensayo sobre W. Dilthey y su investigación sobre la historia humana. El giro hermenéutico presencial.



Antes de comenzar… me gustaría centrar mi atención en este momento. No el momento del lector, sino el momento en el que se suceden las letras, que formando palabras, acaban terminando de construir frases con significado propio, dónde antes sólo había ausencia de significado, palabras, letras. Si bien es cierto que dejaré mi presencia aquí, esculpida en palabras, no será toda mi presencia, sino aquella que deseo mostrar. Y no abarco todo el tiempo que contiene todo aquello que deseo hacer presencial, sino el instante en el que voy tecleando cada una de las letras que muestran, el ahora, en conjunto, mi presencia aparente.
A lo largo de este mostrar mi presencia, numerosos fenómenos pueden ocurrir a mi alrededor, de hecho no sería descabellado pensar en que la actividad de escribir puede compaginarse con el acto de oír a Beethoven, o de tomar té; claro que el acto de oír no conlleva el uso de las manos, y puedo dejar constancia de ello en este momento. Puedo escribir: “En este momento tecleo letra por letra este texto y oigo a Beethoven”, sin embargo, sólo en el hecho de afirmar que no todo este instante, mi instante, mi ahora y no el del lector, es aquello que queda escrito, ya estoy proporcionando indicios para que el lector pueda hacer uso de su imaginación y completar, si así lo desea el momento en el que deseo detenerme. De este modo mi presencia, quedaría recogida como mi presencia aparente, aquella que yo quiero hacer presente, aquellos nodos de tiempo (que conforman el contenido del Tiempo) que recuerdo, y que únicamente mediante la escritura puedo dejar congelados entre las aguas de un río, el Tiempo, que no cesa de fluir. Esta, mi presencia aparente será recogida por los sentidos del lector, comprendida, será mi presencia en ti, no ya mi presencia aparente, pues no será así considerada si no recibe mis advertencias. Esta mi presencia en ti, será actualizada en el lector, comprendida en este por “su presencia”, en referencia a mi como escritor. Pero nada más alejado de mi presencia que esta presencia que parezco dejar en mis escritos.
Pensar que mi presencia queda plasmada aquí es como pensar que el Tiempo queda detenido al mirar ahora el reloj (¿que ahora?¿el de mi momento en el que miro el reloj?¿o en el que mira el reloj mi lector?); mis palabras se presentan como un portal cerrado que no puede ser abierto de forma real más que por aquel que las ofrece, pudiendo ser imaginado su interior, e incluso abierto por mi logos, ofreciendo una morada incompleta, ya que a la apertura de mi presencia he de sumar otra problemática, es decir, mi vida, y el tiempo en el que transcurre no pudiendo captarse en su totalidad hasta mi muerte, la cual me será imposible narrar.
Mi presencia pues, la que aquí dejaré plasmada no es la totalidad de mi presencia, ni por tanto la totalidad de mi tiempo, de mi vida; sino que será lo que mi presencia y mi tiempo, mi vida, es al Tiempo real, el cual sólo se hace patente en la conjunción de unidades o nodos llamados ahora, que se conectan entre sí sin cesar su devenir, y los cuales se desvanecen quedando como sombras, recuerdos; aquellos no podrán ser momento más, sino momento-pasado, recuerdo, como la huella que deja un zapato en el barro, la cual sólo obtiene su sentido si esta es comparada con el zapato y con el que lo calza.
Dejo pues al lector con mi exposición sobre W. Dilthey y Heidegger sobre la cuestión por el Ser de la vida humana y la historia; dejando constancia de que ni mi presencia presente es la misma que mi presencia pasado con la que comencé este texto, ni las vuestras, mis lectores, serán las mismas presencias presentes ahora (que lees esto) que la presencia presente-futuro en la que nos encontraremos (con distinción de temporalidad pasado-presente-futuro) cuando terminen de leer lo que a continuación y a través del futuro-presente pasaré  exponer. 26 de Abril del año 2013 del calendario gregoriano.

File:Dilthey1-4.jpg   http://es.wikipedia.org/wiki/Wilhelm_Dilthey                http://es.wikipedia.org/wiki/Heidegger



domingo, 13 de enero de 2013

El Contrato Social. Jean-Jacques Rousseau. Ensayo.


El Contrato Social, Jean-Jacques Rousseau.

Sobre la Voluntad General.

No hay, podría decirse, idea más importante en esta obra que la de Voluntad General. Su importancia, lejos del aporte al pensamiento humano, reside esencialmente en ser la aguja que hilvana el argumento que expone Rousseau en su obra.
Esta voluntad, es la referencia que tiende a la igualdad y al bien común, dirigida al mantenimiento de una sociedad basada en la igualdad y en la libertad de todos. Si observamos nuestra sociedad, y del mismo modo nos remontamos a sociedades humanas del pasado, comprobaremos que puede hacerse una distinción entre dos formas de actuar que aparecen en la sociedad humana. Como deja ver Rousseau, hay una distinción entre el actuar del individuo y del actuar de este individuo en cuanto a que es un individuo social y/o <<en la sociedad>>. Hoy sabemos, por ejemplo, que toda genética posee una especie de “legislación implícita” que lleva a todo organismo a su supervivencia; como no quiero desviar mucho mis palabras de lo que me ocupa, diré, que sirva lo anterior para apoyar la afirmación de que todo individuo, en mayor o menor medida, posee cierto egoísmo, que con cierta mesura le ayuda a su supervivencia; este tomado en abuso, como otras tantas cosas, se convierte en cuanto a las acciones en las que él subyace, en una consecución de injustos y aberrantes actos, que ante los individuos dañados por semejantes acciones (por ejemplo, la acción de un terrateniente en la que no sólo no da el sueldo estipulado a sus trabajadores, sino que también decide quedarse con toda la producción en beneficio propio, dejando a sus trabajadores sin sustento) el que actúa se deja ver ante los demás como un “cerdo” ( como de los que se habla en la República de Platón). Sin embargo, en su vivencia social, el individuo se conforma en lo que se podría llamar hombre social, el cual se fija como fin el interés general. Cabe hablar aquí de los numerosos casos en los que los individuos hablan en primera persona del plural en nuestra sociedad, como si se tratase de una necesidad el formar parte de un grupo particular; del mismo modo ocurriría en tiempos de Rousseau, dónde es evidente que la pertenencia a una nación, o a un grupo ideológico hacía a los individuos entrar en la conciencia de una pertenencia a una sociedad que les rodea. La voluntad general, por tanto, reconciliaría ambas dimensiones, la individual y la social en el humano, teniendo como fin la igualdad y la libertad de todos los que componen dicha sociedad.
Este afán reconciliador es el que fundamenta al poder soberano como el cuerpo absoluto sobre “los suyos”, dirigido, a su vez, por la voluntad general, la cual es la única que lo hace legítimo; nace en este punto el Soberano. El Soberano nace de este momento en el que muchos humanos reunidos se consideran como un solo cuerpo, cuando no hay más que una voluntad, “ en el momento en que muchos hombres reunidos se consideran como un solo cuerpo, no tienen más que una voluntad”[1]. Cada individuo, por tanto, se pone bajo la suprema dirección de la voluntad general, se conforma el pacto social, en el que se obligará al ciudadano a ser libre; y cada miembro se constituirá como una parte indivisible del todo. La legislación deberá hacer aquí su aparición, como la expresión de esta voluntad general, partiendo de todos y cada uno, para aplicarse a todos y cada uno de los ciudadanos. Pero ¿parte la legislación de todos?¿es posible captar la voluntad de cada individuo en la sociedad de forma general? Para poder contestar a esto supongo que debemos, puesto que la política posee una importancia práctica, observar la sociedad en sus diversos periodos, y del mismo modo buscar en la obra de Rousseau indicios de posibles contradicciones.
¿De que modo puede constituirse algo llamado voluntad general? Podríamos decir, que la voluntad general es un concepto abstracto que recoge, según mi punto de vista, la posibilidad de una sociedad en quedar unificada respecto a una única voluntad, que vendría a conciliar opiniones y deseos singulares para instituir, una opinión, un deseo único general a toda la sociedad que así se haya dispuesto. A mi parecer, podría hacerse una analogía con ciertos insectos que poseen una vida colectiva radical, como hormigas o termitas, dónde la voluntad de la colonia es una, y cada individuo responde a una especie de “legislación” abstracta y natural, poseyendo la totalidad compuesta por individuos. En estos seres vivos, todo esto ocurre de tal modo por un hecho biológico, por el que están dotados de ciertas características que le posibilitan mediante procesos químicos obtener una especie de “conciencia compartida”; sin embargo, los humanos no poseemos tal cosa. Los seres humanos poseemos una tendencia muy elevada a la singularidad, a la individualidad, al mismo tiempo que poseemos una capacidad, del mismo modo elevada, a la vida social. Rousseau se percató sobre este hecho, y de ahí que fijara la división humana de individuo y sociedad; pero para solucionar esta división que durante siglos ha parecido imposibilitar la instauración de una sociedad política justa, Rousseau, recurre a esta voluntad general como símbolo de una totalidad unida, dejando atrás la división individuo-sociedad, y fundando el poder soberano como una entidad abstracta, que bajo la voluntad general como guía, legitima sus acciones en el Estado y la concepción de reglas, que al ser fruto de tal voluntad general alcanza la justeza de ser condición de igualdad para la totalidad.
Pero el problema surge cuando el mismo Rousseau nos dice que la voluntad general “no es la voluntad de todos los que forman la sociedad”, y que “no es, teóricamente la voluntad de una mayoría como suma de voluntades individuales”, pues “esto sería un acto de fuerza y carecería de legitimidad”. Es decir, la voluntad general “no es la voluntad de todos” sino todos hacia una única voluntad general, “cuando los intereses particulares empiezan a hacerse sentir y las pequeñas sociedades a influir sobre la grande, el interés común se altera…la voluntad general ya no es la voluntad de todos”[2]; por tanto, la imposibilidad de una voluntad general, según Rousseau, aumenta en nuestros días ante el poder de ciertas corporaciones económicas y por la existencia de gobiernos constituidos por partidos en las democracias europeas, los cuales atienden a intereses particulares; “de modo que, en vez de decir, a través de su voto: es ventajoso para el Estado, dice: es ventajoso para tal hombre o para tal partido”[3]. La voluntad general, por otro lado, sería muy difícil de conseguir en una sociedad de una cantidad desbordante de individuos; e incluso me atrevo a decir que en pequeñas sociedades también hay numerosas dificultades para que ocurra esto. También sería erróneo el pensar en una Soberanía como la de Rousseau en países actuales donde la Democracia representativa responde a una voluntad de la mayoría, ya que es evidente el “acto de fuerza” que ejerce esta mayoría ante un grupo minoritario; algo que rechaza Rousseau ante un compromiso libre necesario para establecer la voluntad general, “la voluntad general expresa ciertamente la mayoría numérica de la asamblea, pero la mayoría no constituye la expresión de la voluntad general”.
Cuando Rousseau dice que “la ley es la expresión de la voluntad general”, ciertamente establece la base de un derecho igualitario. En este punto, de nuevo, volveré a observar a mi alrededor. En España el órgano legislativo está constituido por los representantes del Parlamento, elegidos por sufragio (omitiendo, ya que no nos ocupa, el modelo de sufragio utilizado), estos componen la cámara legislativa y se encargan de realizar los decretos ley y decretos de legislación, someterlos a votación y a continuación pasarlos a revisión del Senado; sin embargo, las legislaciones que se realizan se llevan a cabo bajo la voluntad de cierto equipo de gobierno que normalmente está compuesto por uno o varios partidos, y en ningún momento parece preguntársele al pueblo si “está de acuerdo o no con la voluntad general”, pues sencillamente no existe tal voluntad general.
Las causas de tal imposibilidad en la existencia de la voluntad general radica en que parece ser difícil encontrar realmente una nación que libremente y voluntariamente decida entregarse a una voluntad general convirtiendo la multiplicidad de sus voluntades individuales en una única voluntad que conforme y funde al Soberano.
     

Sobre la virtud en el Contrato Social

Desde mi punto de vista, hablar de una virtud en el Contrato Social es redundante. Como ya hemos visto, la voluntad general fundamenta al Soberano y este se establece bajo el pacto social, es decir, “ponerse el individuo bajo la suprema dirección de la voluntad general. Cada miembro como parte indivisible del todo.”[4] Al aceptar todos los individuo la voluntad general “se produce un cuerpo moral y colectivo”, esto será lo que haga legítima la Soberanía y fundará la libertad de todos y cada uno de los individuos. En el momento en el que ocurre todo esto se puede hablar a mi parecer de virtud, pues esta sería el acto de rechazar lo individual ante un bien general, la formación de esta unidad llamada voluntad general es la formación de la virtud misma. De ahí que el mismo Rousseau haga explícito que una sociedad en la que exista la voluntad general necesitará pocas legislaciones, y las pocas que se realicen harán gozar de igualdad y libertad a todos los individuos.
De este modo, parece ser que para Rousseau la voluntad general no puede equivocarse nunca, ya que queda anulada antes. La voluntad general la expone Rousseau tan perfecta, precisamente, apoyándose en que son los actos humanos los que anulan la voluntad general, precisamente porque esta voluntad general surge de una única voluntad que siguen todos y que tiene por fin a todos. Es en el momento en el que “se conforman grupos parciales, cuando la voluntad de estos se convierte en general, con respecto a sus miembros y en particular en relación con el Estado”[5], cuando queda aniquilada la voluntad general.
Por tanto, la voluntad general no se puede equivocar, ya que responde a una opinión desde cada sí mismo, por parte de los ciudadanos, que se dirige hacia un bien general; esto parece ser como una especie de imperativo, similar a la universalidad del imperativo en Kant, pero con otras características. Podría decirse que en cuanto la voluntad general responde a un bien general y común, no podrá hacerse con esta cualquier cosa que contradiga esto, bajo la destrucción de la voluntad general; cada uno acepta la voluntad general, en cuanto a que esta establece la igualdad y la libertad.
Es por todo esto que no podrán tomarse decisiones injustas en contra de la propia nación, ya que estas decisiones estarían tomadas por el Soberano bajo el fundamento de la voluntad general, la cual persigue un bien común, y esto contradiría dicho bien común.


[1] Rousseau. El Contrato Social. Libro IV, p. 111.
[2] Ibid.p.112.
[3] Ibid.p.113.
[4] Ibid.p.27.
[5] Ibid.p.39.



David Ruiz Rosa.

miércoles, 14 de noviembre de 2012

La sabiduría de la India y las primeras especulaciones humanas.


OM ¿Quién es este Atma para que podamos adorarlo? Este Atma es aquél Por quien se ve, Por quien se escucha, Por quien uno huele toda clase de aromas Por quien enuncia la voz, Por quien se discierne lo sabroso de lo insípido
Este, que es el corazón, es también pensamiento (manas), Percepción de lo externo (sanjñanama), Conocimiento, (Jñana) Intuición, (Vijñana)
Sabiduría, (Prajñana) Inteligencia (Medha) Visión, (drishti) Continuidad de propósito (dhriti), Opinión y comprensión (matirmanisha) Dolor (juti)
Memoria (smriti) Volición (Sankalpa) Pasión (Kratu) Vitalidad (Asu) Deseo (Kama) Control (Vasha)
todos estos no son sino nombres de la eterna conciencia (Prajña)

(Ella) es Brahmá, es Indra, es Prajapati, es todos estos devas, Y los cinco grandes elementos, prithivi (tierra), vayu (aire), akasha (éter), apas (agua), jyoti (luz) Y las criaturas grandes y las pequeñas, Y las semillas de toda especie, y los nacidos de huevo, los nacidos de la humedad, los nacidos de vientre, y los nacidos de semillas, Y los caballos, las vacas, los hombres, los elefantes, sí, cualquier cosa que aquí respira, Y todo lo que se mueve y lo alado y lo que no se mueve, Todo está guiado por la conciencia y establecidos en la conciencia. Pues la conciencia es el ojo del mundo La conciencia es el fundamento, La conciencia es Brahman8
Por esta conciencia de Atman, Elevándose desde este mundo al Svarga-loka, y finalizando con todos los deseos, (el sabio) dejó la muerte atrás, si, la dejó atrás.
Así fue el tercer adhyaya del aitareya upanishad.


Aquí os dejo una pagina web dónde poder descargar todos los textos védicos en bilingüe sanscrito/castellano.

Este es el pensamiento en el alba del hombre, majestuoso.



lunes, 12 de noviembre de 2012

A raíz de una exposición sobre el concepto de autonomía en la estética de Kant.


Sobre el concepto de autonomía en la estética de Kant.

En la Analítica de lo bello Kant nos presenta a la belleza en general con la belleza natural como referente, a las manifestaciones artísticas con su creador como genio; y un concepto puro de belleza relacionado con la autonomía y el desinterés. Lo bello, queda mediado por una imaginación unida al sujeto y al sentimiento de placer o dolor. El Juicio de gusto, no es lógico pues, sino estético, subjetivo.
El arte queda como algo distinto de naturaleza. Distingue Kant, este como facere (hacer de obrar); la consecuencia del arte, como obrar, opus, y la consecuencia de la naturaleza como efecto, effectus. Por lo tanto, el arte, es la producción por medio de la libertad, mediante una voluntad que pone la razón como base; es obra de los hombres. Sin embargo, el hombre al obrar no sólo produce arte, produce también ciencia; pero esta, queda bien diferenciada, pues es una facultad práctica de una facultad teórica, es lo que se puede hacer, en cuanto sólo se sabe qué es lo que se debe hacer, y así sólo se conoce suficientemente el deseo deseado.
Distingue también Kant, el arte como distinto de un oficio. Y nos dice, que cuando el arte, queda adecuado al conocimiento de un objeto posible, y ejecuta los actos que se exigen para hacerlo real, es mecánico; pero si tiene como intención inmediata el sentimiento de placer, llámese arte estético. Este es: o arte agradable, o bello. Es el primero cuando el fin es que el placer acompañe las representaciones como meras sensaciones; es el segundo cuando el fin es que el placer acompañe las representaciones como modos de conocimiento. El arte bello, es un modo de representación que por sí mismo es conforme a un fin y, aunque sin fin, fomenta la cultura de las facultades del espíritu para la comunicación social.
La universal comunicabilidad de un placer lleva ya consigo, en su concepto, la condición de que no debe ser un placer del goce nacido de la mera sensación, sino de la reflexión, y así, el arte estético, tiene por medida el juicio reflexionante y no la sensación de los sentidos.
De este modo, las manifestaciones artísticas, las obras de arte, poseen una belleza unida a algo ajeno, algo adherido. La autonomía, aquí queda como heteronomía, como característica de lo artístico, no de lo estético; el arte, sería un aspecto relacionado con la dimensión estética, no como su relación suprema, sino como una manifestación inferior a la belleza natural.
La relación entre lo sublime y el arte, incluye aspectos de ideas y emociones que quedan fuera de la belleza. La emoción es una sensación donde el placer se produce por expansión momentánea, y surge un esparcimiento de las fuerzas vitales; sin embargo, esta no pertenece a la belleza.
Por otro lado, en el Juicio de Gusto, nos dice Kant, hay un término medio entre: entendimiento y razón. El entendimiento fundado en la naturaleza y la razón fundada en la libertad, son facultades del espíritu: el entendimiento como facultad de conocer, y la razón como facultad de desear, regida por la libertad. También describe Kant una tercera facultad del espíritu: el sentimiento de placer y dolor; no legislada ni por el entendimiento ni por la razón.
El Juicio de Gusto sería exclusivamente contemplativo, indiferente a la existencia de un objeto, enlazando la constitución de éste con el sentimiento de placer y dolor; no dirigido a conceptos, no es un juicio de conocimiento, ni está fundado en conceptos, ni los tiene como fin. Es imparcial, y el interés le quita tal imparcialidad. El interés de la razón, pone la finalidad delante del sentimiento de placer, sin embargo, el interés en el juicio de gusto funda la finalidad en el placer mismo. Por lo tanto, como menciona Kant: “El gusto es siempre bárbaro mientras necesita la mezcla con encantos y emociones para la satisfacción y hasta hace de éstas la medida de su aplauso”, es decir, no debe reconocer emoción ni sensación como material del juicio estético.
Pero la función contemplativa es insuficiente, queda transcendida con la relación del espíritu conmovido frente a la contemplación; surge la emoción de un sentimiento de atracción y repulsión frente al objeto de manera rápida y alternativa. La autonomía, en lo sublime, nos separa de la determinación del objeto por sensación o mediante el concepto; este place por sí mismo.
Lo bello para Kant, es lo que place, válido sólo para animales racionales (ya que distingue lo agradable para animales irracionales), como única satisfacción desinteresada y libre, donde no hay interés ni en los sentidos ni en la razón; esto es, la complacencia. Kant distingue en su Crítica del Juicio cuatro momentos en su definición de lo bello: un primer momento, donde el gusto se determina como facultad de juzgar un objeto, o una representación, mediante una satisfacción o un descontento, sin interés alguno; el objeto de tal satisfacción ha de llamarse bello. El sujeto juzga sintiéndose libre, y esto lo presupone en todos los humanos; por tanto hablaremos de lo bello como si la belleza fuera una cualidad del objeto, y el juicio fuera lógico; en el segundo momento, nos dice que lo bello es lo que, sin concepto, place universalmente. El tercer momento, dice que la belleza es forma de la finalidad de un objeto, en cuanto es percibido en él, sin la representación de un fin; por ejemplo, una flor, la cual es considerada bella porque en su percepción, se encuentra una cierta finalidad que no se refiere a ningún fin. Y el cuarto y último momento, concluye que bello es lo que, sin concepto, es conocido como objeto de una necesaria satisfacción.
Lo bello se produce ante lo limitado, como manifestación de un concepto indeterminado del entendimiento, como un simple juego donde se confirma el conocimiento.
Por otro lado, lo sublime, se produce ante lo ilimitado, considerado como un todo, e implica la manifestación de un concepto indeterminado de la razón; siendo más que un juego, donde interviene la imaginación, y transciende más allá de la representación de la forma del objeto, implicando ideas y emociones. Lo sublime suspende momentáneamente el poder de la razón para confirmarlo después, ejerce violencia sobre la imaginación, frente algo inabarcable, y ofrece una especie de “placer negativo”, donde el sujeto es atraído y repelido, suscitándole admiración y respeto.
Como ya hemos visto, la autonomía en el Juicio de Gusto, en el Juicio estético, aparece en cuento a que, este, determina su objeto, en consideración de la satisfacción con una pretensión a la aprobación de cada cual, como si fuera objetivo; por lo tanto, al llamar bella a la cosa sólo según la propiedad en que ella se acomoda con nuestro modo de percibirla, el sujeto juzga por sí, y sólo por sí, no por la experiencia, sino a priori. También, al definir los concepto de lo bello y lo sublime, en el libre juego de ambas; lo bello, que lleva el libre juego de la imaginación al entendimiento, lo sublime, que lleva el libre juego de la imaginación a la razón, concertando subjetivamente a la imaginación con las ideas racionales, produciendo un estado del espíritu conforme al que producirían sobre el sentimiento la influencia de ideas determinadas (prácticas); lo sublime, estaría totalmente referido al sujeto, siendo lo sublime el espíritu del hombre. 
Lo bello y lo sublime, agradan por sí mismos, no suponen un juicio sensible ni lógicamente determinante, sino un juicio de reflexión, y se hayan exclusivamente ligados a la manifestación en un acuerdo de la manifestación o la imaginación en una intuición, con el poder de suministrar conceptos que poseen el entendimiento y la razón.
Habiendo concluido ya una breve descripción del Juicio de Gusto en relación a los conceptos de lo bello y lo sublime respecto al arte, pasaré brevemente a exponer su análisis teleológico en relación con la autonomía.
En sus dos obras clave, Crítica de la Razón Pura y Crítica de la Razón Práctica, Kant, fija la filosofía teórica como referida al concepto de naturaleza, y la filosofía práctica referida al concepto de libertad; esto tiene dos consecuencias: la primera, que los conceptos de la naturaleza y los de la libertad son teóricamente incognoscibles en sí mismos, los primeros, se dan en la intuición, sensible, sometida a formas a priori de espacio y tiempo, los segundos, no se dan en la intuición. La segunda consecuencia es la distancia infranqueable entre conceptos de naturaleza y libertad, la que separa lo sensible de lo suprasensible, como dirá Kant, “un abismo infranqueable”. Sin embargo, en su análisis teleológico de la Crítica del Juicio, Kant, fija un hombre como ser moral, como existencia que posee en sí misma un fin supremo, a la que se puede someter la naturaleza, pues esta se halla en él, como una naturaleza teleológicamente subordinada. Sin el hombre no habría un objeto final en la creación. La facultad de desear, en cuanto determinable sólo por conceptos, por la representación de obrar según un fin, sería la voluntad en el hombre; pero, la finalidad es fin en cuanto nosotros no ponemos las causas de esa forma en una voluntad, sin poder, hacemos concebible la explicación de su posibilidad, más que deduciéndola de una voluntad. Por tanto, en el análisis teleológico se fija una condición de posibilidad de la autonomía de la libertad.
La libertad, es la lucha por la autonomía, la búsqueda de la radical diferencia del hombre en sí mismo, reconocimiento de la autonomía en el otro y en lo otro. También cabe hablar, desde la libertad, de la libertad de la imaginación, consistente en esquematizar sin concepto, donde se produce la sensación de la mutua animación de la imaginación en su libertad y del entendimiento con su conformidad con las leyes, es decir, el Juicio de Gusto. Este, consiste en juzgar al objeto según la finalidad de la representación, conocer en su juego libre, sin intuiciones bajo conceptos; pero la facultad de las intuiciones, bajo la facultad de los conceptos, las cuales: la primera, en su libertad, concuerda con la segunda en su conformidad a las leyes.
El hombre, es, por todo esto, fin de la naturaleza. Una naturaleza subordinada al hombre, sólo si el hombre es sujeto moral y armoniza su libertad con principios y reglas. Lo sublime, reside en nuestro espíritu, y la naturaleza como informe y discordante es objeto para un fin subjetivo, por sí mismo, sin finalidad alguna. Lo sublime parte de una sensación desagradable de los sentidos frente algo que nos desborda o nos amenaza, y agrada inmediatamente por oposición al interés de los sentidos.
El arte, tal y como Kant lo expone, puede aparecer como hecho estético puro con plena autonomía, o como hecho en la cultura  en relación con la vida del espíritu, es decir, heterónomo.
En la Analítica de lo bello, se nos muestra una diferenciación entre dos tipos de belleza, la belleza libre, y la adherente. La belleza libre, no supone un concepto de lo que debe ser el objeto, es una belleza existente por sí misma; por ejemplo, cuando nos habla Kant de la consideración de bello a un color, el verde de un prado. Este es declarado bello en sí, sin embargo, es sólo la materia de la representación, y parece tener base sólo en la sensación, es decir, parece sólo ser agradable; pero estás representaciones, los colores en este caso (aunque también pone el ejemplo de una nota de violín) son puras, y tienen el derecho a valer como bellas, sus formas, es lo único que se puede comunicar universalmente. Por otro lado, la belleza adherente, supone un concepto, y la perfección del objeto en su relación con este concepto; se atribuye a los objetos que se hallan sometidos al concepto de un fin particular. Sólo se puede dar un Juicio de Gusto Puro con la belleza libre.
En la Analítica de lo sublime, de nuevo, se nos presenta una división entre belleza natural, y belleza artística. La primera, entra en el ámbito del gusto, y es la belleza pura, “una cosa bella”. La belleza artística, por su parte, exige, no sólo gusto, sino genio; un genio, que posee talento para las bellas artes. El arte queda como una imagen artística en relación a un objeto y a su concepto, a la idea de lo que dicho objeto deba ser. La belleza artística es “una bella representación de una cosa”, que no toma sus reglas de la sensación sino del entendimiento, fijando un arte libre respecto del objeto, relacionándolo solamente con la forma en la representación; siendo lo esencial en el arte la forma en la que se realiza la armonía entre naturaleza y libertad. En la representación de un objeto, lo subjetivo, sería su relación con el sujeto, como cualidad estética, y lo que determina el objeto sería su validez lógica. La aprehensión de la forma de un objeto de la intuición, está unido al placer, como representación referida al sujeto, y este placer, sólo puede expresarse en la acomodación del objeto con las facultades de conocer, las cuales están en juego en el juicio reflexionante, determinando la subjetiva y formal finalidad del objeto; pero no puede haber aprehensión de las formas en la imaginación, sin que el Juicio reflexionante la compare al menos con su facultad de referir intuiciones a conceptos, en esa comparación la imaginación se pone en concordancia con el entendimiento por medio de una representación dada y nace un sentimiento de placer, como objeto final para el juicio reflexionante.
En definitiva, y desde la belleza artística, el arte tiene un fin, como representación del objeto a través de la representación de “ideas estéticas”, y los elementos de la obra deben estar supeditados a este fin, del que no puede derivarse el placer estético.

David Ruiz Rosa.